domingo, 29 de noviembre de 2015

Si piensas que puedes, podrás.



"¡Querer es poder!", reza el dicho popular pero hoy defiendo “Poder es querer” apoyándome en aquellas personas que superaron su destino gracias a su fuerza interior, y han mostrado el enorme potencial del ser humano cuando la voluntad y la entrega definen un propósito vital. Porque en “poder” los recursos y por lo tanto, la capacidad está en ti. Entonces si piensas que puedes, podrás.
Decía Hellen Keller en sus charlas “Podemos hacer lo que deseemos si lo intentamos lo suficiente".

El poder está dentro de ti y son nuestros miedos quienes nos dicen permanentemente que no podemos hacer o conseguir eso a lo que aspiramos.

Este miedo está influenciado por nuestras creencias limitantes y estas creencias crean nuestra realidad, nuestro mundo y nuestra manera de ver la vida.

Hay que romper y gestionar nuestros miedos. Y para ello, empieza por enfrentarte y da el paso para superarlo porque nuestros miedos están muy cerca, en nuestra mente. Y una gestión adecuada de los miedos transforma esta emoción que nos alertan y nos prepara para enfrentarnos a lo temeroso.

Esta en ti vencerlo. Es tu decisión..!!

viernes, 20 de noviembre de 2015

Charla Taller Gestión Emocional en el Deporte en Granadilla de Abona, Tenerife



El Ayuntamiento de Granadilla de Abona, a través de la Concejalía Delegada de Deportes, que dirige Nacho Mendoza Morales, te invita a participar a la Charla Taller Gestión Emocional en el Deporte denominada “Mamá y Papá, como Entrenadores, Escucha y Comunicación, que tendrá lugar el viernes día 04 de diciembre, a las 18 horas, en el Auditorio SIEC de San Isidro., impartida por el profesional Enrique Borrell Padrón.

Esta charla es válida para todas las edades, disciplinas deportivas y tiene carácter gratuito.
¡Te esperamos!
Mamá y Papá, como Entrenadores; Escucha y Comunicación.

Apoyándonos en la disciplina de Programación Neuro Lingüística (PNL) buscamos un mayor conocimiento de la comunicación y la gestión emocional en la relación familia, entrenadores profesionales y joven deportista. La PNL nos ayuda a conocer al joven para acompañarlo en su camino y reforzar sus potencialidades y, además, favorecer el crecimiento personal y profesional.

Con el taller, se mostrará, desde la perspectiva del PNL, otro punto de vista para definir los objetivos. Cuando tu objetivo es lo suficientemente importante tendrás la energía que necesitas para conseguirlo, porque hay una gran motivación detrás de todo tu esfuerzo.

También, con este encuentro de aprendizaje tendrás un mayor conocimiento del sistema representacional del joven deportista dónde detectar sus potenciales y permitirá favorecer su valor diferencial. Todo ello, refuerza una gestión emocional para interpretar y superar dificultades como retos a superar.


La metodología que se aplica es vivencial y práctica.

miércoles, 18 de noviembre de 2015

¿Para qué?



Al levantarte mañana pregúntate ¿para qué? en lugar de ¿por qué?

Evita el uso del ¿por qué?, ya que te llevará a que busques justificarte en la medida de que te sientas cuestionado o juzgado. Y esta respuesta la buscarás fuera de ti. Y fuera de ti no están tus recursos.

El ¿para qué? está orientado al objetivo y el ¿por qué? al problema. Además, el ¿para qué? está centrado en el presente y en el futuro, y el ¿por qué? en el pasado. Te invito a reflexionar, a estar en silencio en tu SER (autoConcepto) y tomar conciencia (autoConciencia).

Nos han construido nuestro YO y hay que buscar nuestro verdadero YO ahora.

Busca tu contestación y, a cada respuesta, pregúntate de nuevo ¿para qué? Y la repuesta búscala dentro de ti. Los recursos que necesitas están dentro de ti. 


En definitiva, busca tu propósito de vida. Tu visión... y marca tu dirección a ese objetivo, que puede cambiar a lo largo del camino.

Feliz Camino..!! Feliz Aprendizaje..!!

lunes, 9 de noviembre de 2015

Taller: Inteligencia Emocional en el joven deportista en Granadilla, Tenerife

El Ayuntamiento de Granadilla de Abona, a través de la Concejalía Delegada de Deportes, que dirige Nacho Mendoza Morales, te invita a participar a la Charla Taller Gestión Emocional en el Deporte denominada “Inteligencia Emocional en el Joven Deportista”, que tendrá lugar el próximo viernes día 13 de noviembre, a las 18 horas, en el Auditorio SIEC de San Isidro, impartida por el profesional Enrique Borrell Padrón.

Esta charla es válida para todas las edades, disciplinas deportivas y tiene carácter gratuito.
Te esperamos.

Este taller se presenta con una metodología vivencial dónde adquirir el aprendizaje apoyado en el Coaching. En muchos casos, el miedo y la incertidumbre se convierten en nuestros mayores enemigos para lograr los sueños. Aquí, se intensificará claves de superación y de re-interpretación de las dificultades como reto, marcando pautas de actuación en el logro del éxito.
El temor al fracaso impide que numerosos acciones no vean la luz. Y el miedo se convierte en una barrera que limita la creatividad y limita la capacidad para resolver los problemas y también de adaptarnos a los cambios.

Este encuentro refuerza tu capacidad para superar dificultades con INICIATIVA y DETERMINACIÓN. Cuando se tiene la actitud del cambio, nadie podrá detenerte. Y para ello, la constancia y la perseverancia juegan un papel primordial.
Información en la web del ayuntamiento de Granadilla de Abona.

Fotografías del momento: 

Presentación a cargo de Dº Nacho Mendoza, Concejal de Deportes del Excmo Ayuntamiento de Granadilla de Abona





lunes, 19 de octubre de 2015

Empresa de Trabajo Temporal ETT

Definición

Se denomina ETT a aquella empresa de trabajo temporal cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa usuaria, trabajadores por ella contratados, con el fin de satisfacer las necesidades temporales de personal de la empresa usuaria. De este modo, los trabajadores son contratados por las ETT para prestar sus servicios en las empresas usuarias.

¿Cómo funciona una ETT?

En la ETT con el trabajo temporal se produce siempre una triple relación. Primera, aquella que se produce entre la ETT y el trabajador (relación laboral) (poder disciplinario); y segundo, la que se establece entre la ETT y la empresa usuaria (relación mercantil) y tercera, la existente entre la empresa usuaria y el propio trabajador, que es una relación funcional o de funcionamiento (poder de dirección).

¿Cuándo la empresa usuaria puede celebrar un contrato de ETT?

- Para la realización de una obra o servicio determinado cuya ejecución aunque limitada en el tiempo es, en principio, de duración incierta.

- Para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

- Para sustituir a trabajadores de la empresa con derecho a reserva de puesto de trabajo.

- Para cubrir de forma temporal un puesto de trabajo permanente mientras dure el proceso de selección o promoción personal

Forma y duración

La duración máxima del contrato de puesta a disposición depende del tipo de contrato que se celebre. El contrato podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada coincidente con la del contrato de puesta a disposición.

Si a la finalización del contrato de puesta a disposición el trabajador continuase prestando sus servicios para la empresa usuaria, se le considerará contratado por la misma de forma indefinida.

Dichos contratos deberán formalizarse por escrito y registrarse en la Oficina de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su celebración. Las ETT no podrán celebrar contratos de formación para ser puestos a disposición de empresas usuarias.


¿Cuál es la relación entre la ETT y el trabajador?

Los trabajadores tendrán frente a la empresa de trabajo temporal los siguientes derechos:

- Los trabajadores contratados por una ETT tendrán derecho a percibir, como mínimo, la retribución establecida para el puesto de trabajo en el convenio colectivo aplicable en la empresa usuaria, calculada por unidad de tiempo.

- Dicha remuneración deberá incluir, en su caso, la parte proporcional correspondiente al descanso semanal, las pagas extraordinarias, los festivos y las vacaciones, siendo responsabilidad de la empresa usuaria la cuantificación de las percepciones finales del trabajador.

- Cuando el contrato se haya concertado por un tiempo determinado, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización económica a la finalización del contrato de puesta a disposición equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 12 días de salario por cada año de servicio. Si el contrato se concierta por tiempo indefinido se aplica la normativa general.

Las obligaciones de la empresa de trabajo temporal frente al trabajador son las siguientes:

- Le corresponde el cumplimiento de las obligaciones salariales y de Seguridad Social en relación con los trabajadores puestos a disposición.

- A los trabajadores contratados para ser puestos a disposición les deberá dar la formación suficiente y adecuada a las características del puesto de trabajo a cumplir.

- La ETT deberá asegurarse de que el trabajador, previamente a su puesta a disposición de la empresa usuaria, posee la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales necesaria para el puesto de trabajo a desempeñar, teniendo en cuenta su cualificación y experiencia profesional y los riesgos a los que vaya a estar expuesto. En caso contrario, deberá facilitar dicha formación al trabajador.

- No podrá cobrar al trabajador cantidad alguna en concepto de selección, formación o contratación.

- La ETT podrá celebrar también con el trabajador un contrato de trabajo para la cobertura de varios contratos de puesta a disposición sucesivos con empresas usuarias diferentes, siempre que tales contratos de puesta a disposición estén plenamente determinados en el momento de la firma del contrato de trabajo y respondan en todos los casos a un supuesto de contratación eventual del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, debiendo formalizarse en el contrato de trabajo cada puesta a disposición con los requisitos generales.

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