martes, 30 de septiembre de 2014

Preguntas Contrato de Trabajo

1.     Define Contrato de Trabajo.

2.     ¿Características del contrato de trabajo?

3.     Explicar los Requisitos del Contrato de Trabajo.

4.     Explica los tres elementos esenciales.

5.     Citar los supuestos de forma escrita obligatoria del Contrato de trabajo.

6.     Puedes explicar los Derechos de Información del Contrato de Trabajo.

7.     Cita las modalidades de Contrato Temporales

8.     Enumerar los derechos básicos de los trabajadores

9.     En la relación de trabajo, que derechos tienen  los trabajadores. Explícalos.

10.  Puedes citar los Derechos de la población trabajadora en su relación laboral basándose en la propia Constitución Española.

11.  Explica los deberes básicos de los trabajadores y trabajadoras.

12.  ¿Cuáles son las Potestades y Deberes del Empresario?

13.  Explica y cita las características del Contrato de trabajo en prácticas

14.  Indica 6 características del Contrato para obra o servicio determinado.

15.  Indica 6 características del Contrato eventual por circunstancias de la producción.

16.  Indica 4 características del contrato indefinido para personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

17.    Indica 4 características del contrato indefinido para trabajadores/as en situación de exclusión social por empresas de inserción.

viernes, 19 de septiembre de 2014

Clases de Salario

Podemos hablar de dos clasificaciones para segmentar las clases de salarios.

En el primer se realiza una clasificación atendiendo al modo de fijación.

Según el modo de fijación, el salario se puede establecer:
  • Por unidad de obra: el trabajador cobra su salario por unidad de obra realizada, independientemente del esfuerzo realizado o del tiempo empleado. Es lo que comúnmente se denomina “trabajo a destajo”.
  • Por unidad de tiempo: la remuneración del trabajador se fija en función de la jornada pactada con el empresario. Esta es la fórmula más generalizada.
  • Mixto: En esta última división, el salario se compone de dos partes, por un lado, está la parte fija que depende del tiempo que invierte el trabajador en realizar su trabajo y por otro lado, está la que varía según el rendimiento obtenido por el trabajador o trabajadora en ese periodo de tiempo.
En segundo lugar, atendemos a la clasificación de salarios según la naturaleza de la retribución.

Según la naturaleza de la retribución podemos establecer:
  • Salario en metálico: Ya que el salario se abona en moneda de curso legal en España o mediante talón bancario u otra modalidad similar.
  • Salario en especies: Corresponde al salario que se abona en bienes distintos del dinero como manutención, casa…La legislación laboral le pone una limitación que no puede exceder del 30% de la remuneración total del trabajador, el resto debe abonarse en metálico.


Caso práctico de nómina

1) Una trabajadora con categoría de ayudante no titulada y por lo tanto grupo 4, y con 5 años de trabajo en la fábrica, tiene derecho a percibir una retribución mensual de:

− Salario base: 1000 €
− Antigüedad: 50 € por trienio
− Gasto de locomoción de 50 €
− Tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias del salario base + la antigüedad, que se pagarán en julio y diciembre.
− Retención IRPF del 10 %
- Recuerda el MEI, que supone un cargo del 0.12% a la persona trabajadora en el 2024.
Calcular su nómina del mes de mayo.

Devengos

Salario base + antigüedad (lleva 5 años le corresponde un trienio) + Gasto de locomoción.
1.000 +50+50 = 1.100 € salario bruto (A)

Deducciones

Cálculo base de cotización por contingencias comunes

Salario base + antigüedad + parte proporcional paga extra.

El gasto de locomoción está exento de cotización ya que su justificación se acompaña de la factura que corresponde al transporte público.

1.000 + 50+ (1050*2/12)= 1.050 +175= 1.225 € base de cotización por contingencias comunes
Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 4

Cálculo base de cotización por contingencias profesionales.

Puesto que la trabajadora no ha realizado horas extras a lo largo del mes de julio, la base de cotización por contingencias comunes y por contingencias profesionales es la misma.

1.225 € base de cotización por contingencias profesionales

Se encuentra dentro de los topes mínimo y máximo para contingencias profesionales.

Entonces, la base sobre la que aplicar los porcentajes para calcular desempleo, formación profesional y FOGASA será la misma.

Cálculo base sujeta a retención por IRPF

Coincide con los devengos del mes por lo tanto será de: 1.100 €

Cálculo de las deducciones

Las deducciones se calculan aplicando a la base de cotización el porcentaje correspondiente.

Contingencias comunes: 1.225 *4.7% = 57.57 €
Desempleo: 1.225*1.55% = 18.99 €
Formación profesional: 1.225*0.1% = 1.23€

MEI: 1.225*0.12%= 1,47€
IRPF: 1.100* 10% = 110.00 €

TOTAL A DEDUCIR (B) 189.26 €

Como base sobre la que aplicar el % de IRPF siempre vamos a tomar A (salario bruto), salvo que explícitamente se diga lo contrario.

Cálculo de líquido total a percibir.

Se trata de restar al salario bruto (A) el total a deducir (B)

1.100 (A) –189.26 (B) = 910.74 € que percibirá la trabajadora.

Copia el modelo de nómina siguiente en tu cuaderno y coloca los importes calculados anteriormente en los espacios correspondientes de la nómina.

A continuación, más supuestos de nómina con su correspondiente solución.

_____________________________________________


2) Una trabajadora con categoría de Jefe administrativo y por lo tanto grupo 3, y con 5 años de trabajo en la fábrica, tiene derecho a percibir una retribución mensual de:

− Salario base: 800 € (Computable en Base de Contingencias Comunes)
− Antigüedad: 50 € por trienio (Computable en Base de Contingencias Comunes)
− Percepciones por responsabilidad: 250 € (Computable en Base de Contingencias Comunes)
− Gasto de locomoción de 40 € (justificado por transporte público)
− Plus de nocturnidad: 150€ (Computable en Base de Contingencias Comunes)
− Tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias del salario base + la antigüedad, que se pagarán en julio y diciembre.
− Retención IRPF del 10 %
- Recuerda el MEI.
En el cálculo se toman los números enteros y se eliminan los decimales.

Calcular su nómina del mes de marzo.

Devengos

Para calcular el devengo de esta nómina se tiene en cuenta los siguiente conceptos: Salario base + antigüedad (lleva 5 años le corresponde un trienio) +Responsabilidad + Gasto de locomoción +nocturnidad.

800 +50+250+40+150 = 1.290 € salario bruto (A)

A efectos del trienio, no todas las empresas privadas cumplen con el pago del trienio laboral a su personal. Si debe o no hacerlo dependerá del sector donde se desarrolle la actividad económica, al igual que las retribuciones establecidas. Debe quedar claro en el convenio colectivo si este complemento será un derecho del empleado. Además, si su forma será cada tres años, o bien como cuatrienios o quinquenios.

Deducciones

Cálculo base de cotización por contingencias comunes

Para calcular las contingencias comunes se tiene en cuenta los siguientes conceptos: Salario base + antigüedad + Plus Responsabilidad+ Plus nocturnidad + parte proporcional paga extra.

El gasto de locomoción está exento de cotización ya que su justificación se acompaña de la factura que corresponde al transporte público. Gastos de locomoción del trabajador que se desplaza fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto. Los  gastos originados por la utilización de medios de transporte público, cuya cuantía se justifica mediante factura o documento equivalente, el importe de los mismos sigue excluido de la base de cotización.

800 + 50+ 250 + 150 + (850*2/12)= 850 + 400 + 141= 1.391 € base de cotización por contingencias comunes.

Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 3

GRUPO CATEGORÍA PROFESIONAL

1 Ingenieros y Licenciados
2 Ing. Técnicos, Peritos y Ay. Titulados
3 Jefes administrativos y de taller
4 Ayudantes no titulados
5 Oficiales administrativos
6 Subalternos
7 Auxiliares Administrativos
8 Oficiales de 1ª y 2ª
9 Oficiales de 3ª y Especialistas
10 Mayores de 18 años no cualificados
11 Trabajadores menores de 18 años

Cálculo base de cotización por contingencias profesionales.

Puesto que la trabajadora no ha realizado horas extras a lo largo del mes de julio, la base de cotización por contingencias comunes y por contingencias profesionales es la misma.

1.391 € base de cotización por contingencias profesionales

Se encuentra dentro de los topes mínimo y máximo para contingencias profesionales.

Entonces, la base sobre la que aplicar los porcentajes para calcular desempleo, formación profesional y FOGASA será la misma.

Cálculo base sujeta a retención por IRPF

Coincide con los devengos del mes (salario bruto) por lo tanto será de: 1.290 €

Cálculo de las deducciones

Las deducciones se calculan aplicando a la base de cotización el porcentaje correspondiente.

Contingencias comunes: 1.391 *4.7% = 65 €
Desempleo: 1.391*1.55% = 21 €
Formación profesional: 1.391*0.1% = 1€
MEI: 1.391*0.12%= 1€
IRPF: 1.290* 10% = 129.00 €

TOTAL A DEDUCIR (B) 217€

Como base sobre la que aplicar el % de IRPF siempre vamos a tomar A (salario bruto), salvo que explícitamente se diga lo contrario.

Cálculo de líquido total a percibir.

Se trata de restar al salario bruto (A) el total a deducir (B)

1.290 (A) –217 (B) = 1.073 € que percibirá la trabajadora.

__________________________________________

3) Una trabajadora con categoría de auxiliar y por lo tanto grupo 7, y con 1 año de trabajo en el Hospital, tiene derecho a percibir una retribución mensual de:

− Salario base: 1.200 €
− Antigüedad: 50 € por trienio
− Tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias del salario base + la antigüedad, que se pagarán en julio y diciembre.
− Retención IRPF del 10 % (ponemos 10% para facilitar los cálculos, pero en verdad la retención sería de menor valor).
En el 2024 aplicamos el MEI, que supone un cargo del 0.12% a la persona trabajadora en el 2024..

Calcular su nómina del mes de mayo

Devengos

Salario base

No se puede incluir la antigüedad al no poder imputar el trienio ya que sólo lleva en la empresa 1 año.
1.200 € salario bruto (A)

Deducciones

Cálculo base de cotización por contingencias comunes

Salario base + parte proporcional paga extra.
1.200 + (1200*2/12)= 1.200 +200= 1.400 € base de cotización por contingencias comunes

Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 7.

GRUPO CATEGORÍA PROFESIONAL

1 Ingenieros y Licenciados
2 Ing. Técnicos, Peritos y Ay. Titulados
3 Jefes administrativos y de taller
4 Ayudantes no titulados
5 Oficiales administrativos
6 Subalternos
7 Auxiliares Administrativos
8 Oficiales de 1ª y 2ª
9 Oficiales de 3ª y Especialistas
10 Mayores de 18 años no cualificados
11 Trabajadores menores de 18 años

Cálculo base de cotización por contingencias profesionales.

Puesto que la trabajadora no ha realizado horas extras a lo largo del mes de marzo, la base de cotización por contingencias comunes y por contingencias profesionales coincide.

1.400 € base de cotización por contingencias profesionales

Se encuentra dentro de los topes mínimo y máximo para contingencias profesionales.

La base para desempleo formación profesional y FOGASA será la misma.

Cálculo base sujeta a retención por IRPF

Coincide con los devengos del mes, por lo tanto será de: 1.200 €

Cálculo de las deducciones

Las deducciones se calculan aplicando a la base de cotización el porcentaje correspondiente.
Contingencias comunes: 1.400 *4.7% = 65.80 €
Desempleo: 1.400*1.55% = 21.70 €
Formación profesional: 1.400*0.1% = 1.40€
MEI: 1.400*0.12%=1.68€
IRPF: 1.200* 10% = 120 €

TOTAL A DEDUCIR (B) 210.58 €

Como base sobre la que aplicar el % de IRPF siempre vamos a tomar A (salario bruto), salvo que explícitamente se diga lo contrario.

Cálculo de líquido total a percibir.

Se trata de restar al salario bruto (A) el total a deducir (B)

1.200 (A) – 210.58 (B) = 989.42 € que percibirá la trabajadora.

_______________________________________

4) Tamara Díaz ha estudiado en el Centro Integrado de FP César Manrique un ciclo de grado superior obteniendo buenos resultados.
Tamara trabaja en la empresa Tenerife S.L. y lleva 16 años en la fábrica, tiene derecho a percibir una retribución mensual de:

− Salario base: 650 €
− Antigüedad: 10% Salario Base
− Percepciones por responsabilidad: 143 €
− Plus titulación FP: 50 €
− Gasto de locomoción de 7 €
− Dietas de 13 €
− Plus de nocturnidad: 112 €
− Tiene derecho a percibir 6 pagas extraordinarias del salario base + la antigüedad, que se pagarán en los 6 meses correspondientes.
- Recuerda el MEI.
− Retención IRPF del 5,5 %

Este mes, Tamara, ha tenido que acudir en 3 ocasiones a la Delegación de Hacienda para resolver cuestiones de la empresa.

Calcular el salario bruto o total devengado.
Calcular la base por contingencias comunes.
Calcular las deducciones.
Calcular el salario neto o líquido.
En el cálculo se toma sólo los 2 decimales primeros.












Solución:










1. salario bruto.
1.314

650 + 325 + 143 + 50 + 21 + 13 + 112 = 1.314

2. base por contingencias comunes.
1.767.5

650 + 325 + 143 + 50 + 112 + 487.5 = 1.767.5

3. deducciones
186.61

cc...83.07
des...27.39
fp...1.76
mei...2,12
irpf...72.27


4. salario neto.
1.127.39

1.314 - 186.61 = 1.127.39

______________________________________


5) Andrés Gómez lleva 24 años y 2 meses en la empresa Canarias, S.L
Andrés estudio en el Centro Integrado de FP César Manrique un ciclo superior obteniendo excelentes resultados en sus notas.

En la empresa percibe salario base 530 euros.
Plus de antigüedad: 10% sueldo base.
Plus de locomoción: 12 euros por trayecto (trayecto = ida y regreso).
Dietas: 15 euros.
Plus titulación de FP: 75 euros.
Plus actividad: 20 euros.
Plus responsabilidad: 18 euros.
Plus nocturnidad: 35 euros.

Este mes ha tenido que acudir a la Delegación de Hacienda por temas de la empresa en 3 ocasiones y la empresa paga por locomoción 12 euros por trayecto/día.

En 2 ocasiones de las 3 visitas a Hacienda, termino la reunión a las 16.30 horas cobrando por ello una dieta por cada uno de los dos días.

Percibe 6 pagas extras de salario base + antigüedad.

IRPF. 7% (tomar sólo los dos primeros decimales)

Calcular el salario bruto o total devengado.
Calcular la base por contingencias comunes.
Calcular las deducciones.
Calcular el salario neto o líquido.

Solución:












Devengo:
1. 
530 + (53x8) + 36 + 30 + 75 + 20 + 18 + 35 = 1.168


12x3=36 locomoción
15x2=30 dietas

Cálculo base de cotización por contingencias comunes:
2. 
530 + (53x8=trienios) + 75 + 20 + 18 + 35 + 477 = 1.579

Cálculo de las deducciones:

3. 
total: 183.91
cc. 74.21(4,7%)
des 24.47(1,55%)
fp 1.58 (0,1%)
mei 1,89 (0.12%)
irpf .. 1.168 x 7% =  81.76

Cálculo del líquido a percibir:

4. 
1.168 - 183.91 = 984.09 €

________________________________________

6) Marta Sánchez lleva 21 años y 2 meses en la empresa ALOE, S.L
Marta estudio en el Centro Integrado de FP César Manrique un ciclo superior obteniendo excelentes resultados en sus notas.

En la empresa percibe salario base 443 euros.

Plus de antigüedad: 10% sueldo base.
Plus de locomoción: 8 euros por trayecto (trayecto = ida y regreso).
Dietas: 13 euros.
Plus titulación de FP: 45 euros.
Plus actividad: 16 euros.
Plus responsabilidad: 19 euros.
Plus nocturnidad: 32 euros.

Este mes, Marta, ha tenido que acudir por temas de la empresa a la Delegación de Hacienda en 3 ocasiones y en otras 2, a la Seguridad Social. La empresa paga por locomoción 8 euros por trayecto/día.

Las 3 asistencias a Hacienda terminó la reunión a las 16.30 horas cobrando por ello una dieta por cada una de las 3 visitas.

Percibe 6 pagas extras de salario base + antigüedad.

IRPF: 6.5% (tomar sólo los dos primeros decimales)

1. Calcular el salario bruto o total devengado.
2. Calcular la base por contingencias comunes.
3. Calcular las deducciones.
4. Calcular el salario neto o líquido.




Solución:









1. 
944.1

443 + 310.1 + 40 + 39 + 45 + 16+ 19 + 32 = 944.1

2. 
1.241.65

 443 + 310.1 + 45 + 16 + 19 + 32 + 376.55 = 1.241.65

3. 
141.67

cc... 58.35
des...19.24
fp...1.24
mei 1,48
irpf... 61.36

4. 
803.91

 944.1 - 141.67 = 802.43

Caso práctico de elaboración de Nómina

Una trabajadora con categoría de auxiliar y por lo tanto grupo 7, y con 1 año de trabajo en el Hospital, tiene derecho a percibir una retribución mensual de:

− Salario base: 1.200 €
− Antigüedad: 50 € por trienio
− Tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias del salario base + la antigüedad, que se pagarán en julio y diciembre.
− Retención IRPF del 10 % (ponemos 10% para facilitar los cálculos, pero en verdad la retención sería de menor valor).
En el 2024 aplicamos el MEI, que supone un cargo del 0.12% a la persona trabajadora en el 2024..

Calcular su nómina del mes de mayo

Devengos

Salario base

No se puede incluir la antigüedad al no poder imputar el trienio ya que sólo lleva en la empresa 1 año.
1.200 € salario bruto (A)

Deducciones

Cálculo base de cotización por contingencias comunes

Salario base + parte proporcional paga extra.
1.200 + (1200*2/12)= 1.200 +200= 1.400 € base de cotización por contingencias comunes

Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 7.

GRUPO CATEGORÍA PROFESIONAL

1 Ingenieros y Licenciados
2 Ing. Técnicos, Peritos y Ay. Titulados
3 Jefes administrativos y de taller
4 Ayudantes no titulados
5 Oficiales administrativos
6 Subalternos
7 Auxiliares Administrativos
8 Oficiales de 1ª y 2ª
9 Oficiales de 3ª y Especialistas
10 Mayores de 18 años no cualificados
11 Trabajadores menores de 18 años

Cálculo base de cotización por contingencias profesionales.

Puesto que la trabajadora no ha realizado horas extras a lo largo del mes de marzo, la base de cotización por contingencias comunes y por contingencias profesionales coincide.

1.400 € base de cotización por contingencias profesionales

Se encuentra dentro de los topes mínimo y máximo para contingencias profesionales.

La base para desempleo formación profesional y FOGASA será la misma.

Cálculo base sujeta a retención por IRPF

Coincide con los devengos del mes, por lo tanto será de: 1.200 €

Cálculo de las deducciones

Las deducciones se calculan aplicando a la base de cotización el porcentaje correspondiente.
Contingencias comunes: 1.400 *4.7% = 65.80 €
Desempleo: 1.400*1.55% = 21.70 €
Formación profesional: 1.400*0.1% = 1.40€
MEI: 1.400*0.12%=1.68€
IRPF: 1.200* 10% = 120 €

TOTAL A DEDUCIR (B) 210.58 €

Como base sobre la que aplicar el % de IRPF siempre vamos a tomar A (salario bruto), salvo que explícitamente se diga lo contrario.

Cálculo de líquido total a percibir.

Se trata de restar al salario bruto (A) el total a deducir (B)

1.200 (A) – 210.58 (B) = 989.42 € que percibirá la trabajadora.

Nóminas: conceptos incluidos y excluidos de la base de cotización

El Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre, modifica el artículo 109 de la LGSS en referencia a los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. A partir de la aplicación de este RD, se definen como conceptos incluidos en la base de cotización, entre otros, los siguientes: 

- La totalidad del importe abonado a los trabajadores por pluses de transporte y distancia.

- Mejoras de las prestaciones de Seguridad Social, salvo las correspondientes a la incapacidad temporal

- Asignaciones asistenciales, salvo las correspondientes a gastos de estudios del trabajador o asimilado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características del puesto de trabajo.

- La totalidad de los gastos normales de manutención y estancia generados en el mismo municipio del lugar del trabajo habitual del trabajador y del que constituya su residencia.

El Real Decreto-ley 16/2013 de 20 de diciembre, que con fecha 21 de diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, refleja cambios en los conceptos incluidos y excluidos de la base de cotización salarial. Tales como:

Tickets Restaurante: Vales de comida, en 2014 estas ayudas pasaran a cotizar desde el primer euro percibido por el trabajador. Hasta ahora solo cotizaba cuando excedía los 9 euros al día.

Planes de pensiones: Desde este año, las aportaciones a los fondos de pensiones privados y otras prestaciones que mejoren las que ofrece la Seguridad Social pasan a integrarse en la base de cotización.

Ayudas de Guardería: Los beneficios sociales, normalmente derivados de la negociación colectiva, como las ayudas de guardería, que hasta ahora estaban exentos pasan a cotizar en su integridad.

Plus Transporte: Las dietas de transporte y distancia también pasarán a cotizar desde el primer euro. Antes solo lo hacían cuando el monto excedía el 20% del IPREM (en total 639 euros al mes). Hasta el 21-12-2013 estaba exento de cotización el plus de transporte hasta el 20% del Iprem (106,5 €/mes). Desde el 22-12-2013 cotizará por su importe íntegro según RD-Ley 16/2013 de 20 de diciembre

Donaciones Promocionales: Las cantidades en dinero o promociones en especie, para que el empleado a su vez al pueda revender, pasarán a cotizar íntegramente, cuando antes solo lo hacían desde los 1.065 euros al mes.

Seguros Médicos y de Responsabilidad Civil: Las primas de responsabilidad civil, que hasta ahora estaban exentas, pasan a cotizar totalmente. Por lo que respecta a los seguros médicos lo hacen a partir de los 500 euros.

Solo quedan excluidas las dietas y gastos de viaje, las retribuciones de seguros privados que mejoran las prestaciones de la S.Social por incapacidad temporal, las asignaciones para determinados gastos de estudio y algunas indemnizaciones (despido, traslados, fallecimiento…).


La última columna es la vigente a partir del 22-12-2013. De este modo, los trabajadores se verán afectados por la medida al aumentar su base de cotización, lo que reducirá su neto a cobrar, pero a cambio incrementarán la base reguladora de futuras prestaciones.

Como puede observarse en la tabla anterior, para el presente año 2014, se expresa los conceptos vigentes incluidos y excluidos de la Base de Cotización. A la hora de calcular la base de contingencias comunes y profesionales en la nómina, debes tener en cuenta estos valores y conceptos actuales.

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